jueves, 20 de diciembre de 2012

Carles Capdevila (periodista): Los maestros y las familias

Una buena reflexión sobre el papel del Maestro..
'Una siesta de doce años' Carles Capdevila / Periodista.
Educar debe de ser una cosa parecida a espabilar a los niños y frenar a los adolescentes. Justo lo contrario de lo que hacemos: no es extraño ver niños de cuatro años con cochecito y chupete hablando por el móvil, ni tampoco lo es ver algunos de catorce sin hora de volver a casa. Lo hemos llamado sobreprotección, pero es la desprotección más absoluta: el niño llega al insti sin haber ido a comprar una triste barra de pan, justo cuando un amigo ya se ha pasado a la coca. Sorprende que haya tanta literatura médica y psicopedagógica para afrontar el embarazo, el parto y el primer año de vida, y que exista un vacío que llega hasta los libros de socorro para padres de adolescentes, esos que lucen títulos tan sugerentes como Mi hijo me pega o Mi hijo se droga. Los niños de entre dos y doce años no tienen quien les escriba.
Desde que abandonan el pañal (¡ya era hora!) hasta que llegan las compresas (y que duren), desde que los desenganchas del chupete hasta que te hueles que se han enganchado al tabaco, los padres hacemos una cosa fantástica: descansamos. Reponemos fuerzas del estrés de haberlos parido y enseñado a andar y nos desentendemos hasta que toca irlos a buscar de madrugada a la disco. Ahora que al fin volvemos a poder dormir, y hasta que el miedo al accidente de moto nos vuelva a desvelar, hacemos una siesta educativa de diez o doce años.
Alguien se estremecerá pensando que este período es precisamente el momento clave para educarlos. Tranquilo, que por algo los llevamos a la escuela. Y si llegan inmaduros a primero de ESO que nadie sufra, allá los esperan los colegas de bachillerato que nos los sobreespabilarán en un curso y medio, máximo dos. Al modelo de padres que sobreprotege a los pequeños y abandona los adolescentes nadie los podrá acusar de haber fracasado educando a sus hijos. No lo han intentado siquiera. Los maestros hacen algo más que huelga o vacaciones, y la educación es bastante más que un problema. Pido perdón tres veces: por colocar en un título tres palabras tan cursis y pasadas de moda, por haberlo hecho para hablar de los maestros, y, sobre todo sobre todo, porque mi idea es -lo siento mucho- hablar bien de ellos. Sé que mi doble condición de padre y periodista me invita a criticarlos por hacer demasiadas vacaciones (como padre) y me sugiere que hable de temas importantes, como la ley de educación (es lo mínimo que se le pide a un periodista esta semana).
Pero estoy harto de que la palabra más utilizada junto a escuela sea ‘fracaso’ y delante de educación acostumbre a aparecer siempre el concepto ‘problema’, y que ‘maestro’ suela compartir titular con ‘huelga’.
La escuela hace algo más que fracasar, los maestros hacen algo más que hacer huelga (y vacaciones) y la educación es bastante más que un problema. De hecho es la única solución, pero esto nos lo tenemos muy callado, por si acaso. Mi proceso, íntimo y personal, ha sido el siguiente: empecé siendo padre, a partir de mis hijos aprendí a querer el hecho educativo, el trabajo de criarlos, de encarrilarlos, y, mira por donde, ahora aprecio a los maestros, mis cómplices. ¿Cómo no he de querer a una gente que se dedica a educar a mis hijos? Por esto me duele que se hable mal por sistema de mis queridos maestros, que no son todos los que cobran por hacerlo, claro está, sino los que son, los que suman a la profesión las tres palabras del título, los que mientras muchos padres se los imaginan en una playa de Hawái están encerrados en alguna escuela de verano, haciendo formación, buscando herramientas nuevas, métodos más adecuados.
Os deseo que aprovechéis estos días para rearmaros moralmente. Porque hace falta mucha moral para ser maestro. Moral en el sentido de los valores y moral para afrontar el día a día sin sentir el aprecio y la confianza imprescindibles. Ni los de la sociedad en general, ni los de los padres que os transferimos las criaturas pero no la autoridad. ¿Os imagináis un país que dejara su material más sensible, las criaturas, en sus años más importantes, de los cero a los dieciséis, y con la misión más decisiva, formarlos, en manos de unas personas en quienes no confía? Las leyes pasan, y las pizarras dejan de ensuciarnos los dedos de tiza para convertirse en digitales. Pero la fuerza y la influencia de un buen maestro siempre marcará la diferencia: el que es capaz de colgar la mochila de un desaliento justificado junto a las mochilas de los alumnos y, ya liberado de peso, asume de buen humor que no será recordado por lo que le toca enseñar, sino por lo que aprenderán de él.
Carles Capdevila / Periodista.
 
 
¡Casi ni me creo que se hable así de los profesores!
¡¡¡Esto es una inyección de moral, que falta nos hace!!!
NO TE OLVIDES DE REENVIARLO A TODOS LOS DOCENTES QUE CONOZCAS. NECESITAN SABER QUE TODAVÍA QUEDA GENTE QUE NOS APRECIA.

Directores firman renuncia ante la privatización de la Sanidad

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2012/12/20/madrid/1356012619_886592.html

viernes, 7 de diciembre de 2012

Jubilación anticipada

Malas noticias, no por esperadas menos malas: El gobierno del PP está preparando la reforma de la jubilación anticipada.

Quiere pasar de los 60 a los 63 años de forma progresiva, a 4 meses por año.

También quiere cambiar la cantidad de años de servicio para tener el 100% de los derechos pasivos, que pasarían de los 35 actualmente (en el cuerpo A1, 33) a los 37 en 2027.
La aplicación de este nuevo recorte, sería progresivo como muestra el siguiente cuadro
 
Año Edad Carencia
2013 60 años y 4 meses 30 años y 4 meses
2014 60 años y 8 meses 30 años y 8 meses
2015 61 años 31 años
2016 61 años y 4 meses 31 años y 4 meses
 
Año Edad Carencia
2017 61 años y 8 meses 31 años y 8 meses
2018 62 años 32 años
2019 62 años y 4 meses 32 años y 4 meses
2020 62 años y 8 meses 32 años y 8 meses
2021 63 años 33 años
 
Además la Base de Cotización en Clases Pasivas pasaría de 35 a 37 años para obtener el 100% de la retribución por jubilación, lo que implica una gran reducción de la retribución para el personal que no llegue a los 37 años de servicio, como se puede observar en el cuadro, donde los haberes reguladores de 2012 y 2027 son los mismos para que se pueda comprobar que la mensualidad sufre un gran recorte.

Los Rectores se unen contra Wert

http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/12/05/actualidad/1354706169_318736.html

El Supremo declara firme la anulación de los incentivos del Plan de Calidad

http://www.diariodesevilla.es/article/andalucia/1414015/tribunal/supremo/declara/firme/la/anulacion/plan/la/junta/preveia/incentivos/los/docentes.html#.UMCY6o9IiRk.facebook

domingo, 2 de diciembre de 2012

Paros parciales en Educación

EPÍLOGO DE LA CRÓNICA GADITANA DEL PRIMER DÍA DE LOS PAROS PARCIALES

Normalmente en las huelgas se engordan las cifras y se cuelgan y difunden testimonios victoriosos para insuflar ánimo, aquí va un testimonio de dignidad de un compañero de Villamartín que hizo el paro solito en su centro:

Como Gary Cooper en "Solo ante el peligro", inicio esta crónica del primer día de paros parciales.

Una parte del profesorado se muestra sorprendida de ver un lunes camisetas verdes, no han visto los carteles de los paros, ni la octavilla que he depositado en cada uno de los casilleros. Es simplemente falta de atención.

Algunos parecen más incómodos, pero no mencionan el tema. Solo dos compañeros explican por qué no hacen el paro.

Mis alumnos de Bachillerato sí saben por qué aunque estoy en el centro no les estoy dando clase.
Pongo Marea Verde de Cádiz como salvapantallas, y pienso:

Va por vosotros, por todos los compañeros que podrían estar con vacante cerca de su casa y este año estáis en Almería o en otras tierras lejanas. Por vosotros, los que habéis estado un mes sin trabajar en septiembre y por los que estáis en las listas de espera. Si no hubiera tenido la suerte de aprobar en la lotería que son las oposiciones y estuviera en esta situación, me gustaría que hubiera algún compañero o compañera, interino o funcionario, que se solidarizara con mi situación.
Espero que si no es esta vez, sea la próxima.

Sé que estoy acompañado por muchas personas en otros centros, convencidos de que otro mundo es posible, pero con un poco más de ganas de construirlo. Así que no estoy tan solo ante el peligro. También va por vosotros, REBELDES CON CAUSA.”

miércoles, 28 de noviembre de 2012

La Escuela que queremos

"Ha salido publicado el monográfico de La Escuela que queremos. Podéis consultarla y solicitarla en Inicio www.investigacionenlaescuela.es"


http://investigacionenlaescuela.es/images/portada77web.png

Carta de una madre: 6 de Diciembre Día de la Constitución

"AHORA QUE LLEGA EL DÍA DE LA CONSTITUCIÓN Y LOS DOCENTES TENEMOS LA OBLIGACIÓN DE DE CELEBRAR ESTA EFEMÉRIDE. REFLEXIONEMOS: CARTA DE UNA MADRE, MIEMBRO DEL AMPA DEL CEIP PADRE MANJÓN Y DEL IES JUAN CIUDAD DE BORMUJOS 6 de Diciembre día de la ¿Constitución? Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. 25 Como cada 6 de Diciembre, en los centros de enseñanza donde forman a nuestros niños y niñas, volvemos a celebrar el día de la Constitución Española. Es en ella donde están registrados los derechos, deberes y libertades a los que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos españoles y que deben ser respetados para vivir en democracia. Desgraciadamente, esta constitución (que ya de por sí ha quedado obsoleta, pero es la que tenemos) es ninguneada y violada por los poderes fácticos a la par que por los grupos políticos dominantes. Desde que fue construida, toda una serie de artículos sagrados para el bienestar y el equilibrio de nuestra democracia ha sufrido un constante deterioro. Es el gobierno de y para los mercados que criminaliza al ciudadano. La Constitución recoge en su artículo 35 el derecho y deber que todo ciudadano y ciudadana tiene a disfrutar de un trabajo digno y remunerado. El número actual de desempleados es de 5.778.100 personas; el 22% de la población vive en la más absoluta pobreza y las familias dependen al cien por cien de la caridad para alimentar a sus hijos. Disfrutamos de una reforma laboral injusta, la peor de la “democracia”. En su artículo 47 la Constitución refleja que los ciudadanos y ciudadanas tenemos derecho a una vivienda digna. 400.000 familias han sido desahuciadas sin tener en cuenta que se quedaban en la calle con niños y ancianos. Si protestan u oponen resistencia son aporreadas por las fuerzas de seguridad del estado -que no de los ciudadanos-. Cuando una familia se queda en la calle con niños, asuntos sociales interviene y los niños son arrebatados a esa familia, con todo el sufrimiento y desarraigo familiar que ello conlleva. Cuando los ancianos son arrojados a la calle como perros la situación es dolorosa, cruel e insostenible; nuestros mayores han luchado y trabajado mucho para conseguir lo que estamos perdiendo y nuestros políticos, que siempre han presumido de defender y valorar a la familia y a la tercera edad, lo agradecen de este modo en los últimos días de sus vidas. Tal y como enseñamos a nuestros niños y niñas en clase de historia, el hombre, desde época prehistórica, como cualquier otro animal, necesita un techo para dormir ¿tendremos que empezar a buscar cuevas para habitarlas con nuestros hijos y abuelos o las venderán los especuladores por un módico precio? La caza desde luego no nos va ser fácil, está reservada a las clases sociales que pueden permitirse el coste de cuatro tiros en un coto de caza. Y la recolección un tanto de lo mismo, las multas están garantizadas a quien se aventura a recolectar una cesta de setas en el campo para venderla y poder sacar cuatro pesetas para la compra diaria. Así que aquello de cazadores recolectores nos lo tendremos que quitar de la cabeza y buscar alternativas más eficaces. El artículo 27 nos habla sobre el derecho que tienen nuestros hijos e hijas a una educación pública gratuita y de calidad, y las mismas instituciones que nos la niegan nos instan a celebrar el día de la constitución española El artículo 43 es el referente al derecho que todos los ciudadanos y ciudadanas tenemos a una sanidad pública y de calidad. Pero, curiosamente, si por cualquier circunstancia, y no por voluntad propia, no puedes cotizar legalmente no tienes derecho a hacer uso de ella. La calidad con los recortes la estamos perdiendo. Las últimas noticias de privatización de los hospitales públicos ponen en cuestionamiento la durabilidad de lo público. El derecho a la justicia, reflejado en el artículo 24, se nos niega a los pobres con la nueva imposición de tasas jurídicas ¿Quién va a defender sus derechos de esta manera? ¿quién va denunciar su desahucio? ¿quién va a denunciar su explotación laboral?¿ quién va a denunciar que la autoridades le han quitado a sus hijos porque le niegan el derecho a tener un trabajo y un hogar? ¿quién va a denunciar que le han apaleado por defender sus derechos en una manifestación? El derecho de opinión y de libertad de prensa es pisoteado. No podemos estar bien informados. En la tarde del sábado 24 de noviembre fue detenida una operadora de cámara junto con cuatro personas más por grabar imágenes de cómo se usaba la violencia por parte de la policía contra los manifestantes que apoyaban a familias con niños que habían sido desahuciadas en una manifestación a favor de la vivienda. Fue puesta en libertad con cargos y por supuesto la mayoría de los medios informativos tergiversaron la noticia. El derecho a manifestación y de libertad de expresión terminará desapareciendo, porque todos los que opinamos somos subversivos o antisistema ¿pero quiénes son los que están destruyendo el sistema? Es triste y lamentable como han ido deteriorando y desgastando nuestra democracia, cómo dañan los pilares básicos de la constitución española y, en consecuencia, los derechos de los ciudadanos, que vivimos una situación social en continuo retroceso. Estamos ante una dictadura con derecho a voto cada cuatros años, gobernada por lobbies que hicieron su agosto en los años de nuestra malograda transición. A todo ello tendríamos que sumar todos los robos a las arcas públicas por parte de nuestros políticos y afines (banqueros y empresarios), da igual del color y sabor que sean, así como el deterioro medioambiental y cultural. Insto a la comunidad educativa de Bormujos a una reflexión sobre la celebración del día de la constitución, porque con este deterioro democrático y con esta prostitución de nuestra carta magna quienes verdaderamente sufrirán las consecuencias serán nuestros hijos. De esta reflexión a mí me han surgido preguntas: - ¿Hay que celebrar algo? - ¿Hacemos una jornada de luto y reflexión? - ¿Hay que celebrar la constitución o como medida de presión nos negamos como centro a celebrarla avisando previamente a las Instituciones? - ¿Sería desobediencia civil? ¿En este caso estaría justificada la desobediencia civil? - ¿La celebramos explicando a los alumnos, en la medida de la capacidad de cada grupo, la situación de desamparo en la que nos encontramos? - ¿Seguimos celebrándola como todos los años porque en realidad ningún año se ha cumplido la constitución y no nos hemos planteado nada sobre su celebración? - ¿La celebramos porque no debemos implicar a los niños aunque éstos sean los perjudicados por este uso corrupto de la constitución? Aquí os dejo mis preguntas para que reflexionéis y feliz día de la constitución burlada. Helena González - ¿Hay que celebrar la constitución o como medida de presión nos negamos como centro a celebrarla avisando previamente a las Instituciones? - ¿Sería desobediencia civil? ¿En este caso estaría justificada la desobediencia civil? - ¿La celebramos explicando a los alumnos, en la medida de la capacidad de cada grupo, la situación de desamparo en la que nos encontramos? - ¿Seguimos celebrándola como todos los años porque en realidad ningún año se ha cumplido la constitución y no nos hemos planteado nada sobre su celebración? - ¿La celebramos porque no debemos implicar a los niños aunque éstos sean los perjudicados por este uso corrupto de la constitución? Aquí os dejo mis preguntas para que reflexionéis y feliz día de la constitución burlada. 

Helena González Madre subversiva Padre Manjón"

Los profesores advierten que los recortes afectan a los aprendizajes del alumnado

http://www.diariodesevilla.es/article/sociedad/1408202/los/profesores/advierten/los/recortes/afectan/aprendizaje/los/alumnos.html#.ULZqphCQIz4.facebook

martes, 27 de noviembre de 2012

La patronal eléctrica en pie de guerra contra Jordi Évole de Salvados

http://www.vertele.com/noticias/la-patronal-electrica-en-pie-de-guerra-contra-jordi-evole/

Sentencia: Inaplicable la ampliación jornada al personal público no estatal


Por algo se empieza... esto es en Umbrete (Sevilla)

Sentencia: La ampliación de la jornada a 37,5 horas semanales es inaplicable al personal público no estatal

Mar, 13/11/2012 - 19:10 - AdminContenWeb

justicia médica logo                
La ampliación de la jornada a 37,5 horas semanales es inaplicable al personal público no estatal, o dicho de otro modo, su aplicación a los trabajadores públicos no dependientes del Estado Central sería ilegal, nula de pleno derecho en su aplicación fuera de este entorno de administración o servicios públicos; y además si se diese el caso de que un convenio colectivo regulara el exceso de jornada como horas extraordinarias, habría que satisfacerlas de ese modo conforme a los artículos 34 y 35 del Estatuto de los Trabajadores. Así lo expresa y condena en su sentencia el magistrado juez titular del Juzgado de lo Social N° 7 de Sevilla, en su Sentencia número 377/2012 de 18 Oct. 2012, procedimiento número 846/2012, que adjuntamos al presente comentario.
El asunto viene a colación a raíz de dirimir un conflicto colectivo de los trabajadores del Ayuntamiento de Umbrete en Sevilla sobre la ampliación de jornada laboral. El magistrado juez aprecia la nulidad de la decisión de ampliación de la jornada del personal laboral municipal a 37,5 horas semanales, debiéndose abonar a los trabajadores como horas extraordinarias las 2,5 horas semanales de exceso realizadas. Pues la decisión de ampliación de jornada se fundó en la exposición de motivos y en el artículo 2 del RDL 20/2011, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, sin embargo la exposición de motivos carece de efecto normativo vinculante, debiendo acudirse a lo allí dispuesto solo a los meros efectos interpretativos. Y asegurando que en cuanto al artículo 2, del precepto mencionado, éste establece que las corporaciones locales constituyen sector público tan solo a efectos de las retribuciones de personal, que no es el caso. Por lo que deduce, que el concepto de sector público no es único para todas las materias del RDL 20/2011, y, en concreto, en lo relacionado con la reordenación del tiempo de trabajo se establece para el sector público estatal, por lo que se excluye a los organismos locales y a las comunidades autónomas. Asegura que la ampliación de la jornada, por tanto deberá someterse al proceso negociador con la representación legal de los trabajadores y al no haberlo hecho la decisión es nula de pleno derecho.
El magistrado juez desgrana con minuciosidad en el fundamento de derecho segundo de la sentencia que aprecia la nulidad desde el momento en que el demandado, el ayuntamiento, apoya su actuación y con ello su defensa en que tanto la exposición de motivos de dicha norma, como su artículo 2, disponen que va dirigida a la totalidad del sector público, con inclusión en el mismo de las corporaciones locales.
Sin embargo, el magistrado aprecia en este fundamento de derecho que la exposición de motivos de cualquier precepto carece de efecto normativo vinculante, debiendo acudirse a ella solo a los meros efectos interpretativos y cuando la oscuridad o la antinomia de su articulado lo hagan preciso, lo que como se verá a continuación no es el caso.
Siguiendo en su disertación, que por su parte el artículo 2, de esta misma norma, establece que las corporaciones locales constituyen sector público tan solo a efectos de las retribuciones del personal, lo que no es el caso que nos ocupa. El hecho, de que el propio artículo 2, que regula solo dichas retribuciones, se ocupe de definir lo que ha de entenderse por sector público, ya nos muestra que ese concepto de sector público no es único para todas las materias que regula el R.D.L. 20/11 pues en otro caso hubiera hecho una declaración general de lo que ha de entenderse por sector público, a todos los efectos resultantes del citado precepto.
En efecto, la norma recurrida sigue este criterio distintivo en sus efectos cuando en el artículo 4, dedicado específicamente al objeto de este litigio, es decir a la reordenación del tiempo de trabajo de los empleados públicos, estableciendo una jornada de 37,5 horas semanales, al expresar que será aplicable al sector público estatal, del que no forman parte las corporaciones locales. El empleo del vocablo estatal introduce el criterio diferenciador con lo establecido en el artículo 2. Queda pues claro que la norma, para las retribuciones, es de aplicación al sector público, sin adjetivos y con expresa indicación de las entidades que lo componen, con inclusión de las locales, lo que se hacía preciso ante la generalidad del término "sector público". No así en el artículo 4, dedicado a la jornada, que se limita a aplicarlo al sector público estatal, sin necesidad de precisar qué entidades lo componen, pues el adjetivo estatal ya excluye a los organismos locales y a las comunidades autónomas.
No cabe por tanto, según el magistrado que sentencia, acudir a una interpretación integradora con otras partes de la norma cuando la que es objeto de interpretación, el artículo 4, no deja margen a la duda, por indicar expresamente el sector al que resulta aplicable, que no es otro que el estatal.
Así pues, el magistrado juez de este Juzgado de lo Social estima la demanda interpuesta y declara la nulidad de la decisión de la Corporación Local empleadora de ampliar la jornada a 37,5 horas semanales y condena a la misma a mantener la jornada de 35 horas semanales y a abonar a sus trabajadores corno horas extraordinarias las 2,5 horas semanales de exceso realizadas, pues en este caso así lo amparaba su convenio colectivo.
La sentencia que nos ocupa con seguridad será recurrida, pero abre un gran espectro de actuación legal al respecto, al menos en la calidad interpretativa de la norma que soporta la ampliación de la jornada laboral de los trabajadores públicos no estatales, como es nuestro caso, de este modo discrecional con imposición y sin negociación. En este sentido y por el momento, creemos que no es bueno alimentar esperanzas, que pudieran ser falsas, a tenor del exclusivo rigor interpretativo de la sentencia, hasta que sigamos el camino jurídico de ella en los tribunales superiores, pues con toda seguridad será un hecho consumado que no tardaremos en ver.
TEXTO DE LA SENTENCIA

Juzgado de lo Social N°.. 7 de Sevilla, Sentencia de 18 Oct. 2012, proc. 846/2012

Nº de Sentencia: 377/2012
Nº de PROCEDIMIENTO: 846/2012
Jurisdicción: SOCIAL
LA LEY 154272/2012
La ampliación de la jornada a 37,5 horas semanales no es aplicable al personal municipal
CONFLICTO COLECTIVO. CORPORACIÓN LOCAL. Jornada laboral. Nulidad de la decisión de ampliación de la jornada del personal laboral municipal a 37,5 horas semanales, debiéndose abonar a los trabajadores como horas extraordinarias las 2,5 horas semanales de exceso realizadas. La decisión de ampliación de jornada se fundó en la exposición de motivos y en el artículo 2 del RDL 20/2011, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, sin embargo la exposición de motivos carece de efecto normativo vinculante, debiendo acudirse a lo allí dispuesto solo a los meros efectos interpretativos. En cuanto al artículo 2 éste establece que las corporaciones locales constituyen sector público tan solo a efectos de las retribuciones de personal, que no es el caso. Por lo que, el concepto de sector público no es único para todas las materias del RDL 20/2011, y, en concreto, en lo relacionado con la reordenación del tiempo de trabajo se establece para el sector público estatal, por lo que se excluye a los organismos locales y a las comunidades autónomas. La jornada deberá someterse al proceso negociador con la representación legal de los trabajadores y al no haberlo hecho la decisión es nula.
El Juzgado de lo Social estima la demanda interpuesta y declara la nulidad de la decisión de la Corporación Local empleadora de ampliar la jornada a 37,5 horas semanales y condena a la misma a mantener la jornada de 35 horas semanales y a abonar a sus trabajadores corno horas extraordinarias las 2,5 horas semanales de exceso realizadas.
TEXTO
Procedimiento: 846 / 2012
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
EL ILMO. SR. D. CARLOS MANCHO SÁNCHEZ, MAGISTRADO-JUEZ DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 7 DE SEVILLA, HA PRONUNCIADO LA SIGUIENTE:
SENTENCIA Nº 377 / 2012
En SEVILLA, a dieciocho de octubre de dos mil doce, vistos en juicio oral y público los presentes AUTOS, seguidos en este Juzgado bajo el número 846 / 2012, promovidos por UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES contra AYUNTAMIENTO DE UMBRETE sobre Conflicto colectivo,

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En fecha 5/7/12 tuvo entrada en este Juzgado demanda que encabeza las presentes actuaciones, y admitida a trámite y cumplida las formalidades legales, se señaló el día 16/10/12 para la celebración de los actos de conciliación y/o juicio, en los que los comparecientes alegaron lo que estimaron pertinente, y luego de la práctica de la prueba propuesta y admitida, elevaron sus conclusiones a definitivas, quedando los autos conclusos y vistos para sentencia.
SEGUNDO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado todas las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO.- El Ayuntamiento de Umbrete decidió aplicar a sus trabajadores una ampliación de jornada hasta las 37,5 horas semanales, desde el 1 de junio de 2012, en aplicación del Real Decreto Ley 20/11 y del anteproyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2012, en los términos expresados en la comunicación obrante al folio 6 de los autos, cuyo contenido se tiene aquí por reproducido.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

PRIMERO.- Los anteriores hechos probados resultan de los documentos aportados a los autos.
SEGUNDO.- El sindicato demandante impugna ¡a aplicación de jornada decidida por el Ayuntamiento demandado. Esta decisión se funda en que dicha ampliación resulta obligatoria para el Ayuntamiento en virtud, en primer término, del R.D.L. 20/11. Se alega por el demandado que tanto la exposición de motivos de dicha norma, como su artículo 2, disponen que va dirigida a la totalidad del sector público, con inclusión en el mismo de las corporaciones locales. Sin embargo la exposición de motivos carece de efecto normativo, vinculante, debiendo acudirse a ella solo a los meros efectos interpretativos cuando la oscuridad o la antinomia de su articulado lo hagan preciso, lo que como se verá a continuación no es el caso.
Por su parte el artículo 2 establece que las corporaciones locales constituyen sector público tan solo a efectos de las retribuciones del personal, lo que no es el caso que nos ocupa. El hecho, de que el propio artículo 2, que regula solo dichas retribuciones, se ocupe de definir lo que ha de entenderse por sector público, ya nos muestra que ese concepto de sector público no es único para todas las materias que regula el R.D.L. 20/11 pues en otro caso hubiera hecho una declaración general de lo que ha de entenderse por sector público, a todos los efectos resultantes del R.D.L. 20/11.
En efecto, sigue este, criterio distintivo en sus efectos cuando en el artículo 4, dedicado específicamente al objeto de este litigio, es decir a la reordenación del tiempo de trabajo de los empleados públicos, estableciendo una jornada de 37,5 horas semanales, al expresar que será aplicable al sector público estatal, del que no forman parte las corporaciones locales. El empleo del vocablo estatal introduce el criterio diferenciador con lo establecido en el artículo 2. Queda pues claro que la norma, para las retribuciones, es de aplicación al sector público, sin adjetivos y con expresa indicación de las entidades que lo componen, con inclusión de las locales, lo que se hacía precisó ante la generalidad del término "sector público". No así en el artículo 4, dedicado a la jornada, que se limita a aplicarlo al sector público estatal, sin necesidad de precisar qué entidades lo componen, pues el adjetivo estatal ya excluye a los organismos locales y a las comunidades autónomas. No cabe por tanto acudir a una interpretación integradora con otras partes de la norma cuando la que es objeto de interpretación, el artículo 4, no deja margen a la duda, por indicar expresamente el sector al que resulta aplicable, que no es otro que el estatal.
TERCERO.- En segundo lugar, funda la demandada su decisión, en la carta remitida a los trabajadores, en la aplicación de un anteproyecto de ley, que sin embargo carece de efecto jurídico mientras no se convierta en ley.
No obstante, dado que a la fecha actual el anteproyecto se ha convertido en ley, la Ley 2/12 de Presupuestos Generales del Estado para 2012, de 29 de junio, la regulación en la misma de esta concreta materia, es decir de la jornada de 37,5 horas semanales en el sector público, ofrece la misma solución que el R.D.L. 20/11 pues su disposición Adicional 71a expresa las entidades que a los efectos de dicha jornada conforman el sector público, sin incluir en ellas a las corporaciones locales.
CUARTO.- Si la aplicación de la jornada decidida por la demandada no encuentra apoyo en las nuevas leyes dictadas, deberá someterse al proceso negociador con la representación legal de los trabajadores, en virtud del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, y al no haberlo hecho su decisión es nula.
QUINTO.- Consecuencia de la nulidad de la ampliación de jornada es que las 2,5 horas semanales objeto de ampliación constituyen un exceso sobre la jornada ordinaria de 35 horas semanales establecida en el Convenio Colectivo que, conforme a los artículos 34 y 35 del Estatuto, tienen la consideración de horas extraordinarias y como tales habrán de ahornarse.
En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES contra AYUNTAMIENTO DE UMBRETE, debo declarar y declaro la nulidad de la decisión de la demandada de ampliar la jornada a 37,5 horas semanales con efectos de 1 de junio y debo condenar y condeno a la misma a mantener la jornada de 35 horas semanales y a abonar a sus trabajadores corno horas extraordinarias las 2,5 horas semanales de exceso realizadas.
Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Social, con sede en esta capital y que deberán anunciar por ante este Juzgado dentro de los Cinco Días hábiles siguientes al de su notificación.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Encuesta de El País: supresión de paga extra de Funcionarios

http://elpais.com/encuestas/html/2012/07/11/1342003319.html

Análisis del anteproyecto Ley de Educación

Como me habéis solicitado este documento varias veces, lo cuelgo de nuevo en el blog.
Interesante análisis sobre el anteproyecto de la Ley de Educación.

http://soypublica.wordpress.com/2012/10/08/lo-que-esconde-la-lomce-analisis-del-anteproyecto-de-ley-de-educacion/

domingo, 18 de noviembre de 2012

Razones para la Huelga por Carmen Castro

Carmen Castro, experta economista.

http://vimeo.com/53318643

Todos en el PP contra Wert

http://www.elconfidencial.com/opinion/palo-alto/2012/11/17/atencion-al-proximo-choque-de-trenes-todos-en-el-pp-contra-wert-10235/

El Gobierno se reafirma en sus políticas de ajuste tras la Huelga General

http://www.diariodesevilla.es/article/economia/1398778/ejecutivo/se/reafirma/sus/politicas/ajuste/tras/la/huelga/general/n.html

Huelga General 14N


Firmar contra los sueldos vitalicios de los políticos

Publico este enlace para firmar:
http://www.change.org/es/peticiones/gobierno-de-espa%C3%B1a-eliminen-sus-plurisueldos-y-pensiones-vitalicias-con-7-a%C3%B1itos-de-servicios

Baja la calidad de la educación por la Ley de Bajas

http://www.aprendemas.com/Noticias/html/N11112_F12112012.html

lunes, 12 de noviembre de 2012

Artículo de Isaac Rosa

Hola a todos/todas,

Un compañero me comentó que sería recomendable leer un artículo de Isaac Rosa en diario.es sobre la educación que nos espera. No sé si es este, pero desde luego es buenísimo y no tiene desperdicio. Es una buena base para ir informando a toda la comunidad educativa lo que se cuece con esta maldita ley. Si después de leer esto la gente no se anima a parar el tiempo que haga falta o a hacer algo contundente... ya no sé qué se puede hacer aparte de emigrar. Leedlo por las mañanas si no queréis tener pesadillas.

http://www.eldiario.es/sociedad/hacemos-educacion_0_62993705.html

14 N: Por el país que quieres


Salvados: Dedocracia

"Cada vez que veo el Programa del Follonero en la Sexta se despierta lo peor de mí. Hoy toca repaso a los asesores políticos, miles elegidos DIGITALMENTE y cobrando de las arcas públicas." Aquí tenéis el programa completo de Salvados, no tiene desperdicio... Dedocracia.

http://www.lasexta.com/videos/salvados/2012-noviembre-11-2012111300017.html 



sábado, 10 de noviembre de 2012

Profesionales de prestigio argumentan contra la actual política educativa

Hola a todos/as:

Solo UNA COSA de máxima importancia:

Os ruego encarecidamente que echéis un vistazo a esta página:

http://porotrapoliticaeducativa.org/   en ella, miles de profesionales de prestigio del mundo educativo, están argumentando brillantemente, las consecuencias de la actual política educativa. Os animamos a que firméis y difundáis el manifiesto, porque las razones y las consecuencias van a tener una gran influencia en nuestras vidas.
 
OTRA POLÍTICA EDUCATIVA ES POSIBLE Y NECESARIA, NO PODEMOS CONSENTIR ESTA REGRESIÓN EN EDUCACIÓN.

QUÉ PODÉIS HACER:

- Lleva la camiseta verde los miércoles.
- Participa en la Huelga General Europea el 14N.
- Participa en las manifestaciones regionales que organizamos las plataformas por lo público el 2 de diciembre en tu capital.

PERO SOBRE TODO DIFUNDE!!!


Ya se están recogiendo firmas contra la ley wert